La Ley 2306 del 31 de julio de 2023, por medio de la cual se promueve la protección de la maternidad y la primera infancia, dispuso (i) creación de áreas de lactancia en espacio público (ii) apoyos económicos para las entidades territoriales para la creación de las áreas mencionadas y (iii) aumentar el tiempo de permiso remunerado durante la lactancia, modificando el numeral primero del artículo 238 del C.S.T.:
…El empleador está en la obligación de conceder a la trabajadora dos (2) descansos, de treinta (30) minutos cada uno, «dentro de la jornada para amamantar a su hijo, sin descuento alguno en el salario por dicho concepto, durante los primeros seis (6) meses de edad; y una vez cumplido este periodo, un (1) descanso de treinta (30) minutos en los mismos términos hasta los dos (2) años de edad del menor; siempre y cuando se mantenga y manifieste una adecuada lactancia materna continua.….
Por tanto, a partir de la fecha, si se mantiene y se manifiesta, por parte de la madre lactante la necesidad de una adecuada lactancia será necesario conceder dicho permiso remunerado, que luego de los 6 meses desde el nacimiento del menor, pasará a ser de solamente un permiso de 30 minutos diarios, hasta que el menor cumpla 2 años de edad.